Código CIIU
1399

Actividad EconómicaFabricación de otros artículos textiles n.c.p.

Clase
1399 Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.
Incluye

Esta clase incluye: * Todas las actividades relacionadas con textiles o productos textiles, no especificadas en las divisiones 13, «Fabricación de productos textiles»; 14, «Confección de prendas de vestir», y 15, «Curtido y recurtido de cueros; fabricación de calzado; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles». * Comprende la fabricación de artículos tales como: tejidos estrechos, incluso los de urdimbre sin trama, de hilos o de fibras paralelas sujetos por una sustancia adhesiva, los procesos de acabado integrados con la fabricación de tejidos estrechos y tejidos especiales. Marbetes, insignias, escudos, etiquetas y artículos similares no bordados de materias textiles. * La fabricación de accesorios textiles para automotores. * La fabricación de cinta tejido sensible a la presión (velcro). * La fabricación de cordones para el calzado con los extremos rematados. * La fabricación de artículos de pasamanería: trencillas, borlas, guantes, madroños y artículos similares. * La fabricación de tules y otros tejidos de mallas anudadas, de encajes y bordados, en piezas, tiras y motivos decorativos. * La fabricación de tejidos de red y del tipo que se utiliza para la confección de visillos de encaje tricotado en máquinas. * La fabricación de fieltro, incluso fieltros impregnados, bañados, recubiertos o laminados, y otros textiles no tejidos, incluso aquellos en que el plástico o el caucho son las sustancias adhesivas pero no la principal materia prima constitutiva. * La fabricación de tejidos impregnados, bañados, recubiertos o laminados con plástico. * La fabricación de hilados metalizados e hilados entorchados; hilos y cuerdas de caucho revestidos de materias textiles; hilados y bandas textiles recubiertos; impregnados, bañados o forrados con caucho o materias plásticas. * La fabricación de tejidos de hilados manufacturados de gran resistencia para cuerdas o lonas para llantas. * La fabricación de otros tejidos tratados o bañados: papel tela; lienzos preparados para pintores, bocací y tejidos endurecidos similares, tejidos bañados con goma o sustancias amiláceas. * La fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles a partir de tejidos de producción propia comprendidos en esta clase. * La fabricación de aplicadores para cosméticos de material textil. * La fabricación de guata utilizada en acolchados y prendas de vestir. * La fabricación de artículos textiles diversos: mechas de materiales textiles, camisas para mecheros de gas incandescentes y tejidos tubulares para su fabricación, mangueras, correas transportadoras y de transmisión (estén o no reforzados con metal u otros materiales), y otros productos y artículos textiles para uso técnico, tales como la tela para tamices, tela de filtración, tejidos y fieltros utilizados en la fabricación de papel, y otros tejidos especiales como geotextiles.

No Incluye

Esta clase excluye: * La fabricación de sacos (bolsas) y talegos, para envases o empaques de cualquier material textil. Se incluye en la clase 1392, «Confección de artículos con materiales textiles, excepto prendas de vestir». * La fabricación de fieltro punzado para el cubrimiento de pisos. Se incluye en la clase 1393, «Fabricación de tapetes y alfombras para pisos». * La fabricación de guata de celulosa. Se incluye en la clase 1701, «Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y cartón». * La fabricación de guata de materiales textiles y los artículos de guata de materiales textiles, como los utilizados para fabricar tampones, toallas higiénicas y pañales desechables, elaborados principalmente con telas sin tejer o sin trama. Se incluyen en la clase 1709, «Fabricación de otros artículos de papel y cartón». * La fabricación de correas transportadoras y de transmisión, de tejidos y de hilados o hilos impregnados, bañados, recubiertos o laminados con caucho, si el caucho es la principal materia prima. Se incluye en la clase 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.». * La fabricación de placas, planchas, láminas, cintas de caucho celular o de plástico celular, combinadas con material textil que se utiliza solo como material de refuerzo. Se incluyen en las clases 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho, n.c.p.», y 2221, «Fabricación de formas básicas de plástico», según sea el caso. * La fabricación de tela hecha con hilos metálicos. Se incluye en la clase 2599, «Fabricación de otros productos elaborados de metal n.c.p.».

Jerarquía

Sección
C INDUSTRIAS MANUFACTURERAS
Incluye

Esta clase incluye: * Todas las actividades relacionadas con textiles o productos textiles, no especificadas en las divisiones 13, «Fabricación de productos textiles»; 14, «Confección de prendas de vestir», y 15, «Curtido y recurtido de cueros; fabricación de calzado; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles». * Comprende la fabricación de artículos tales como: tejidos estrechos, incluso los de urdimbre sin trama, de hilos o de fibras paralelas sujetos por una sustancia adhesiva, los procesos de acabado integrados con la fabricación de tejidos estrechos y tejidos especiales. Marbetes, insignias, escudos, etiquetas y artículos similares no bordados de materias textiles. * La fabricación de accesorios textiles para automotores. * La fabricación de cinta tejido sensible a la presión (velcro). * La fabricación de cordones para el calzado con los extremos rematados. * La fabricación de artículos de pasamanería: trencillas, borlas, guantes, madroños y artículos similares. * La fabricación de tules y otros tejidos de mallas anudadas, de encajes y bordados, en piezas, tiras y motivos decorativos. * La fabricación de tejidos de red y del tipo que se utiliza para la confección de visillos de encaje tricotado en máquinas. * La fabricación de fieltro, incluso fieltros impregnados, bañados, recubiertos o laminados, y otros textiles no tejidos, incluso aquellos en que el plástico o el caucho son las sustancias adhesivas pero no la principal materia prima constitutiva. * La fabricación de tejidos impregnados, bañados, recubiertos o laminados con plástico. * La fabricación de hilados metalizados e hilados entorchados; hilos y cuerdas de caucho revestidos de materias textiles; hilados y bandas textiles recubiertos; impregnados, bañados o forrados con caucho o materias plásticas. * La fabricación de tejidos de hilados manufacturados de gran resistencia para cuerdas o lonas para llantas. * La fabricación de otros tejidos tratados o bañados: papel tela; lienzos preparados para pintores, bocací y tejidos endurecidos similares, tejidos bañados con goma o sustancias amiláceas. * La fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles a partir de tejidos de producción propia comprendidos en esta clase. * La fabricación de aplicadores para cosméticos de material textil. * La fabricación de guata utilizada en acolchados y prendas de vestir. * La fabricación de artículos textiles diversos: mechas de materiales textiles, camisas para mecheros de gas incandescentes y tejidos tubulares para su fabricación, mangueras, correas transportadoras y de transmisión (estén o no reforzados con metal u otros materiales), y otros productos y artículos textiles para uso técnico, tales como la tela para tamices, tela de filtración, tejidos y fieltros utilizados en la fabricación de papel, y otros tejidos especiales como geotextiles.

No Incluye

Esta clase excluye: * La fabricación de sacos (bolsas) y talegos, para envases o empaques de cualquier material textil. Se incluye en la clase 1392, «Confección de artículos con materiales textiles, excepto prendas de vestir». * La fabricación de fieltro punzado para el cubrimiento de pisos. Se incluye en la clase 1393, «Fabricación de tapetes y alfombras para pisos». * La fabricación de guata de celulosa. Se incluye en la clase 1701, «Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y cartón». * La fabricación de guata de materiales textiles y los artículos de guata de materiales textiles, como los utilizados para fabricar tampones, toallas higiénicas y pañales desechables, elaborados principalmente con telas sin tejer o sin trama. Se incluyen en la clase 1709, «Fabricación de otros artículos de papel y cartón». * La fabricación de correas transportadoras y de transmisión, de tejidos y de hilados o hilos impregnados, bañados, recubiertos o laminados con caucho, si el caucho es la principal materia prima. Se incluye en la clase 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.». * La fabricación de placas, planchas, láminas, cintas de caucho celular o de plástico celular, combinadas con material textil que se utiliza solo como material de refuerzo. Se incluyen en las clases 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho, n.c.p.», y 2221, «Fabricación de formas básicas de plástico», según sea el caso. * La fabricación de tela hecha con hilos metálicos. Se incluye en la clase 2599, «Fabricación de otros productos elaborados de metal n.c.p.».

División
13 Fabricación de productos textiles
Incluye

Esta clase incluye: * Todas las actividades relacionadas con textiles o productos textiles, no especificadas en las divisiones 13, «Fabricación de productos textiles»; 14, «Confección de prendas de vestir», y 15, «Curtido y recurtido de cueros; fabricación de calzado; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles». * Comprende la fabricación de artículos tales como: tejidos estrechos, incluso los de urdimbre sin trama, de hilos o de fibras paralelas sujetos por una sustancia adhesiva, los procesos de acabado integrados con la fabricación de tejidos estrechos y tejidos especiales. Marbetes, insignias, escudos, etiquetas y artículos similares no bordados de materias textiles. * La fabricación de accesorios textiles para automotores. * La fabricación de cinta tejido sensible a la presión (velcro). * La fabricación de cordones para el calzado con los extremos rematados. * La fabricación de artículos de pasamanería: trencillas, borlas, guantes, madroños y artículos similares. * La fabricación de tules y otros tejidos de mallas anudadas, de encajes y bordados, en piezas, tiras y motivos decorativos. * La fabricación de tejidos de red y del tipo que se utiliza para la confección de visillos de encaje tricotado en máquinas. * La fabricación de fieltro, incluso fieltros impregnados, bañados, recubiertos o laminados, y otros textiles no tejidos, incluso aquellos en que el plástico o el caucho son las sustancias adhesivas pero no la principal materia prima constitutiva. * La fabricación de tejidos impregnados, bañados, recubiertos o laminados con plástico. * La fabricación de hilados metalizados e hilados entorchados; hilos y cuerdas de caucho revestidos de materias textiles; hilados y bandas textiles recubiertos; impregnados, bañados o forrados con caucho o materias plásticas. * La fabricación de tejidos de hilados manufacturados de gran resistencia para cuerdas o lonas para llantas. * La fabricación de otros tejidos tratados o bañados: papel tela; lienzos preparados para pintores, bocací y tejidos endurecidos similares, tejidos bañados con goma o sustancias amiláceas. * La fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles a partir de tejidos de producción propia comprendidos en esta clase. * La fabricación de aplicadores para cosméticos de material textil. * La fabricación de guata utilizada en acolchados y prendas de vestir. * La fabricación de artículos textiles diversos: mechas de materiales textiles, camisas para mecheros de gas incandescentes y tejidos tubulares para su fabricación, mangueras, correas transportadoras y de transmisión (estén o no reforzados con metal u otros materiales), y otros productos y artículos textiles para uso técnico, tales como la tela para tamices, tela de filtración, tejidos y fieltros utilizados en la fabricación de papel, y otros tejidos especiales como geotextiles.

No Incluye

Esta clase excluye: * La fabricación de sacos (bolsas) y talegos, para envases o empaques de cualquier material textil. Se incluye en la clase 1392, «Confección de artículos con materiales textiles, excepto prendas de vestir». * La fabricación de fieltro punzado para el cubrimiento de pisos. Se incluye en la clase 1393, «Fabricación de tapetes y alfombras para pisos». * La fabricación de guata de celulosa. Se incluye en la clase 1701, «Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y cartón». * La fabricación de guata de materiales textiles y los artículos de guata de materiales textiles, como los utilizados para fabricar tampones, toallas higiénicas y pañales desechables, elaborados principalmente con telas sin tejer o sin trama. Se incluyen en la clase 1709, «Fabricación de otros artículos de papel y cartón». * La fabricación de correas transportadoras y de transmisión, de tejidos y de hilados o hilos impregnados, bañados, recubiertos o laminados con caucho, si el caucho es la principal materia prima. Se incluye en la clase 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.». * La fabricación de placas, planchas, láminas, cintas de caucho celular o de plástico celular, combinadas con material textil que se utiliza solo como material de refuerzo. Se incluyen en las clases 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho, n.c.p.», y 2221, «Fabricación de formas básicas de plástico», según sea el caso. * La fabricación de tela hecha con hilos metálicos. Se incluye en la clase 2599, «Fabricación de otros productos elaborados de metal n.c.p.».

Grupo
139 Fabricación de otros productos textiles
Incluye

Esta clase incluye: * Todas las actividades relacionadas con textiles o productos textiles, no especificadas en las divisiones 13, «Fabricación de productos textiles»; 14, «Confección de prendas de vestir», y 15, «Curtido y recurtido de cueros; fabricación de calzado; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles». * Comprende la fabricación de artículos tales como: tejidos estrechos, incluso los de urdimbre sin trama, de hilos o de fibras paralelas sujetos por una sustancia adhesiva, los procesos de acabado integrados con la fabricación de tejidos estrechos y tejidos especiales. Marbetes, insignias, escudos, etiquetas y artículos similares no bordados de materias textiles. * La fabricación de accesorios textiles para automotores. * La fabricación de cinta tejido sensible a la presión (velcro). * La fabricación de cordones para el calzado con los extremos rematados. * La fabricación de artículos de pasamanería: trencillas, borlas, guantes, madroños y artículos similares. * La fabricación de tules y otros tejidos de mallas anudadas, de encajes y bordados, en piezas, tiras y motivos decorativos. * La fabricación de tejidos de red y del tipo que se utiliza para la confección de visillos de encaje tricotado en máquinas. * La fabricación de fieltro, incluso fieltros impregnados, bañados, recubiertos o laminados, y otros textiles no tejidos, incluso aquellos en que el plástico o el caucho son las sustancias adhesivas pero no la principal materia prima constitutiva. * La fabricación de tejidos impregnados, bañados, recubiertos o laminados con plástico. * La fabricación de hilados metalizados e hilados entorchados; hilos y cuerdas de caucho revestidos de materias textiles; hilados y bandas textiles recubiertos; impregnados, bañados o forrados con caucho o materias plásticas. * La fabricación de tejidos de hilados manufacturados de gran resistencia para cuerdas o lonas para llantas. * La fabricación de otros tejidos tratados o bañados: papel tela; lienzos preparados para pintores, bocací y tejidos endurecidos similares, tejidos bañados con goma o sustancias amiláceas. * La fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles a partir de tejidos de producción propia comprendidos en esta clase. * La fabricación de aplicadores para cosméticos de material textil. * La fabricación de guata utilizada en acolchados y prendas de vestir. * La fabricación de artículos textiles diversos: mechas de materiales textiles, camisas para mecheros de gas incandescentes y tejidos tubulares para su fabricación, mangueras, correas transportadoras y de transmisión (estén o no reforzados con metal u otros materiales), y otros productos y artículos textiles para uso técnico, tales como la tela para tamices, tela de filtración, tejidos y fieltros utilizados en la fabricación de papel, y otros tejidos especiales como geotextiles.

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